Rúbrica de libretas de trabajo

Subsecretaría de Trabajo y Empleo

Fundamento Legal: Resolución Nº 5473/08

Requisitos
Para proceder a la rúbrica de la libreta de trabajo los empleadores deberán acompañar una declaración jurada en la cual deberán indicar:

– Razón Social, CUIT y domicilio social de la empresa que la solicita.

– Nombre, domicilio real, CUIL y fecha de ingreso del trabajador por el cual solicita la libreta y cantidad de fojas de la libreta.

– Esta declaración jurada también deberá ser acompañada en soporte magnético (CD) y en formato Microsoft Excel.

– Juntamente con la declaración jurada deberá acompañar las libretas de trabajo para el empleador y para el trabajador debidamente foliadas y con la primera y segunda hoja con los datos de la empresa y del trabajador.

– En la primera nota deberá consignar el nombre y apellido del trabajador, fecha de ingreso, categoría profesional, domicilio real, CUIL, documento de identidad, numero de registro de conductor, edad, familiares directos, teléfono de contacto y su foto actualizada. En la Segunda hoja deberá consignarse los datos de la empresa, CUIT, domicilio social e inscripción ante la Comisión Nacional de Transportes.

– La libreta de trabajo se instrumentara en dos ejemplares una para el trabajador y otra para la empresa, debiendo las mismas tener la leyenda “Original para la empresa” y “Original para el trabajador” firmadas por el trabajador y por el empleador y/o su representante respectivamente.

Costos

Código tributario 449 Por rúbrica y /o registro de libreta Ley 22250: $ 1.110

Atención: a partir del 10 de enero de 2024 solo se aceptarán los códigos aranceles vigentes en 2024, según ley impositiva 9496.

Contacto

Para mayor información, acercarse a la Subsecretaría de Trabajo o comunicarse telefónicamente al (0261) 4-610344.

Para dar inicio al trámite, deberá descargar y completar el formulario de caratula de presentación de trámites (archivo para descargary enviarlo junto a la documentación correspondiente a entrada-trabajo@mendoza.gov.ar 

RÚBRICA DE LIBRETAS DE TRABAJO
Código arancel

-449- Por rúbrica y /o registro de libreta Ley 22250.

Costo: $ 1.110

Tener en cuenta: los códigos tributarios se pueden adquirir en cualquier sucursal de Banco de la Nación Argentina o Bolsa de Comercio, como así también por Mesa de Entrada de la Subsecretaría de Trabajo y Empleo de 8 a 13.30 hs.



Atención: a partir del 10 de enero de 2024, solo se aceptarán los códigos aranceles vigentes en 2024, según ley impositiva 9496.